Sentencia Constitucional Plurinacional 1911/2013 de 29 de octubre
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 1911/2013 de 29 de octubre

Fecha: 29-Oct-2013

Disposiciones Finales

Al respecto, en el Fundamento Jurídico I.1 de este Voto disidente, se estableció que la acción de inconstitucionalidad, tiene por finalidad el control objetivo de las disposiciones legales ordinarias, para establecer su compatibilidad o incompatibilidad con los valores, principios, derechos fundamentales, y las normas orgánicas previstas en la Constitución Política del Estado, y que este control de constitucionalidad se la puede efectuar a través de dos vías: la acción de inconstitucionalidad abstracta y la acción de inconstitucionalidad concreta.

En el caso presente la Sentencia Constitucional Plurinacional objeto de esta disidencia, resulta ser incongruente, debido a que en ella no existe la concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el Tribunal Constitucional Plurinacional, ya que como se dijo anteriormente, en este caso los accionante no solicitaron se someta a control de constitucionalidad las Disposiciones Finales Décimo Octava, Décimo Novena y Vigésima de la Ley 317, y pese a ello en el Punto 4° los declararon inconstitucionales por la forma, sino que solicitaron se someta a control constitucional de las Disposiciones Adicionales Décimo Octava, Décimo Novena y Vigésima de la Ley 317.