Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1912/2013
Fecha: 29-Oct-2013
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Marcos Daza Velasco, Santa Justiniano Acepeco y Lucila Asiama Carvalho, Alcalde interino y Concejales Municipales de Exaltación, en su condición de terceros interesados, mediante el Asesor Legal de dicho Municipio, manifestaron que se debe denegar la tutela planteada, por cuanto no existe hasta el momento ninguna restitución al cargo de una autoridad suspendida por la vía de la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- Fragmento 13
- III.2. De la reconsideración en el ámbito municipal
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo