AUTO CONSTITUCIONAL 0262/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0262/2013-RCA

Fecha: 08-Nov-2013

improcedencia “in limine”

Por Resolución de 8 de octubre de 2013, cursante a fs. 139 y vta., la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró la improcedencia “in limine” de la acción tutelar, bajo los siguientes fundamentos: a) La accionante no dio cumplimiento con lo establecido por el art. 53.3 del Código Procesal Constitucional (CPCo), dado que no agotó la vía idónea que estipula el art. 220.I inc. 1) del CPC, referida a la apelación de las sentencias y autos definitivos pronunciados en procesos ordinarios, sumarios y ejecutivos que deben ser interpuestos dentro del plazo de diez días; y, b) Respecto al pronunciamiento de la Sentencia de 20 de junio de 2013, dentro del proceso de desalojo, con Auto de 1 de agosto del mismo año, se declaró su ejecutoria y se rechazó contra ésta, por haber planteado la apelación fuera del plazo, tomándose en cuenta que los hechos denunciados pudieron ser analizados a través de los recursos señalados por el procedimiento civil, lo que no ocurrió por su negligencia.