AUTO CONSTITUCIONAL 0441/2013-CA
Fecha: 07-Nov-2013
I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
Por memorial presentado el 13 de mayo de 2013, cursante de fs. 133 a 136, dentro del recurso jerárquico planteado por el accionante en el proceso sancionatorio iniciado en su contra por la Subalcaldía del Macro Distrito VII Centro del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, se formuló acción de inconstitucionalidad concreta, señalando que, se emitieron resoluciones en aplicación del art. 54 de la Ley de Municipalidades (LM); sin considerar que esta norma fue derogada por la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, solicitando se declare la inconstitucionalidad del proceso administrativo iniciado por esta autoridad mediante “Resolución Administrativa 027/2013” por la cual se dispuso la clausura definitiva de su actividad económica denominada “Peña Discoteca Gigante Kurmi”; sin embargo, las resoluciones impugnadas son nulas, pues esa autoridad municipal usurpó funciones que no le competen, dado que la facultad de imponer sanciones está conferida al Alcalde Municipal.
Argumenta que, el art. 122 de la CPE, señala: “Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”, agregando que la competencia es improrrogable e indelegable, no pudiendo ser encomendadas por el Alcalde Municipal, en virtud a que la jurisdicción es de orden público, lo que supone su ejercicio en mérito a un mandato constitucional y legal.
- Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
- la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado”
- Fragmento 6
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- 2. Llamar severamente la atención