AUTO CONSTITUCIONAL 0441/2013-CA
Fecha: 07-Nov-2013
rechazó
Por Resolución Ejecutiva 162/2013 de 22 de mayo, cursante de fs. 79 a 81, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, con los siguientes fundamentos: a) La demanda formulada no cumple con los requisitos específicos; toda vez que, en su petitorio solicitó se declare la inconstitucionalidad de la Resolución Administrativa Macrodistrital 027/2013, omitiendo que el objeto de esta acción es efectuar el control sobre disposiciones legales aplicables a un caso concreto, sobre el que exista duda razonable o fundada; en este sentido, de ninguna manera podría solicitar se promueva el control de constitucionalidad de un acto administrativo; y, b) No señala qué principios o preceptos de la Ley Suprema, se estarían infringiendo, no siendo suficiente citar dicha “normativa” municipal sin fundamentación que permita expresar el razonamiento que le motivó a cuestionarla y su vinculación con el o los derechos supuestamente lesionados y la relevancia que tendrá en el proceso administrativo.
- Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- rechazó
- por objeto declarar la inconstitucionalidad de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado
- la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado”
- Fragmento 6
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- 2. Llamar severamente la atención