SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1961/2013
Fecha: 04-Nov-2013
II.3.
II.3. El 12 de junio de 2013, el Fiscal de Materia asignado al caso entre otras medidas dispuso: a) Medidas de protección para la víctima y familiares; b) Por el investigador asignado al caso, hágase otorgar las garantías a la víctima por parte del sindicado y sea por la Oficina Reconvencional de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC); y, c) Se designa peritos al personal de SLIM periférica, quienes previo juramento de ley deberán realizar los siguientes actos periciales: -Perito Lic. Psicólogo, deberá realizar los siguientes actos periciales: 1) Secuelas y daño psicológico que la víctima hubiera sufrido como consecuencia del hecho, y, 2) Personalidad y credibilidad del testimonio de la víctima; -Perito Lic. Trabajo Social, quien deberá realizar los siguientes actos periciales: a) Situación familiar, social y económica de la víctima (fs. 17 y vta.).