SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2170/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2170/2013

Fecha: 21-Nov-2013

I.1.1. Relación Sintética de la acción

PROVIVIENDA S.A., ha interpuesto una demanda contenciosa administrativacontra la Resolución Ministerial y Jerárquica MEFP/UPSF/URJ-SERIFE 010/2012 de 13 de febrero, y su Auto aclaratorio de 2 de marzo de igual año, emitidos por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas,en virtud de las previsiones establecidas en los arts. 61 de la LPAy 47 del Reglamento de SIREFI;sin embargo, los actos administrativos impugnados vulneran los derechos al debido proceso y a la defensa, por lo que interpone la presente acción de inconstitucionalidad concreta cuestionando la constitucionalidad del art. 61 de la LPA, que establece que los recursos administrativos deberán cumplir formalidades determinadas en disposiciones aplicables; asimismo, cuestiona el art. 47.I del Reglamento del SIREFI, que señala que para la interposición del recurso de revocatoria se debe demostrar el cumplimiento de la obligación pecuniaria dispuesta en la resolución recurrida, que impide el libre ejercicio del derecho y resulta restrictivo del derecho a usar el recurso de revocatoria, atentando los arts.115.I y II, 117.I y 119.IIde la CPE, pues al instituir el principio solve et repetese condiciona la admisibilidad de los recursos administrativos limitando absolutamente el derecho de recurrir,aspecto que además, implica una regulación de un derecho fundamental mediante decreto supremo y no mediante una ley como exige el principio de reserva legal; el art. 109.II, establece que los derechos y garantías sólo podrán ser regulados por la ley.