SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2194/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2194/2013

Fecha: 25-Nov-2013

concedió

El Juez Tercero de Partido y Sentencia Penal de Bermejo del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 18 de julio de 2013, cursante de fs. 51 vta. a 55 vta. por la que concedió la acción de amparo constitucional, disponiendo que la autoridad demandada responda dentro el plazo de setenta y dos horas las peticiones del accionante, con costas, considerando los siguientes argumentos: 1) Se demostró que la MAE no dio respuesta a los memoriales de 22 de abril, 19, 20 y 25 de junio, y 3 de julio, todos del año 2013, los mismos que exigen el cumplimiento de la Resolución Municipal 045/2013, emitida por el Concejo Municipal de Bermejo, por lo que el accionante se encuentra privado del derecho fundamental protegido por el   art. 24 de la CPE; 2) La falta de respuesta u omisión en la contestación por parte de la autoridad demandada a los memoriales presentados por el accionante, vulnera sus derechos, ya que la Ley de Procedimiento Administrativo a través del art. 71 inc. b) de su Reglamento, establece el plazo de tres días para expedir providencias de mero trámite administrativo; y, 3) En el presente caso, al ser el demandado el representante legal de una persona colectiva, además un servidor público, resulta aplicable los procedimientos y recursos establecidos para los actos administrativos propios de la función pública, por lo que presentados los memoriales de petición concreta en las fechas antes referidas y no haber sido resueltos a pesar de reiteradas peticiones del accionante, dejó expedita la vía constitucional.