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    AUTO CONSTITUCIONAL 005/2013-CA-ECA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 005/2013-CA-ECA

    Fecha: 09-Dic-2013

    Al inciso b)

    Con relación al tema, es necesario recordar que la Comisión de Admisión se limita a verificar el cumplimiento de requisitos formales exigidos por el Código Procesal Constitucional, sea para admitir, rechazar o solicitar la subsanación, pero de ninguna manera puede ingresar al análisis de elementos probatorios, como se pretende.

    • aclaración, enmienda y complementación
    • a)
    • b)
    • c)
    • al margen de lo permitido, afecta en alguna medida al fondo del fallo
    • cuando no se afecte el fondo de la resolución; por lo que la solicitud formulada no constituye de manera alguna un medio para que este Tribunal modifique en el fondo la decisión adoptada
    • Al inciso a)
    • Al inciso b)

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