Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2013-RCA
Fecha: 17-Dic-2013
II.2. Análisis de la Resolución elevada en revisión
En el caso que se analiza, consta que el Juez de Partido Mixto de Sentencia de Arani, constituido en Juez de garantías emitió la Resolución de 15 de noviembre de 2013, declarando improcedente “in limine” la acción de amparo constitucional, bajo el fundamento que los accionantes no cumplieron con el principio de subsidiariedad, al no haber agotado la vía correspondiente para la interposición de esta acción.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- ser entendida como el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración, dado que donde se deben reparar los derechos fundamentales lesionados es en el mismo proceso, o en la instancia donde han sido conculcados, y cuando esto no ocurre queda abierta la protección que brinda el Amparo Constitucional
- CONFIRMAR