AUTO CONSTITUCIONAL 0298/2013-RCA
Fecha: 20-Dic-2013
II.3. Análisis del caso concreto
En el caso en análisis, el impetrante relata que dentro del proceso ejecutivo seguido por éste, el Juez de la causa sin jurisdicción ni competencia solicitó la presentación del formulario 610-RC-IVA, con imposición de multas, decisión que fue apelada y en grado de revisión las autoridades demandadas anularon el auto de concesión de apelación declarando la ejecutoria de dicha determinación, por las autoridades demandadas.
Consta en obrados que el impetrante el 22 de mayo de 2009, formuló recurso de apelación (fs. 501 y vta.), contra la determinación de 27 de abril de ese año, corriente a fs. 496, que fue concedida por providencia de 1 de junio de igual año, conforme consta a fs. 505; y, por Auto de Vista de 25 de enero de 2013, cursante a fs. 517 y vta., se anuló el Auto de concesión del recurso de apelación, declarando ejecutoriada la Resolución impugnada, disposición que fue notificada al -hoy- accionante el 25 de marzo del mismo año, de acuerdo a la diligencia de fs. 518.
Así, esta instancia verificó que la última decisión judicial dentro del citado proceso ejecutivo en el que, presuntamente se habrían vulnerado los derechos del accionante, le fue comunicada el 25 de marzo de 2013, habiéndose presentado ésta acción tutelar el 6 de noviembre de igual año, a los siete meses y seis días; es decir, fuera del término previsto al efecto.