AUTO CONSTITUCIONAL 0474/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0474/2013-CA

Fecha: 02-Dic-2013

II.3. Análisis del caso concreto

De la lectura del memorial de la acción formulada, se constató que el accionante señala de forma escueta que interpuso recurso de revocatoria contra la Resolución Sancionatoria 10-00072-13; sin embargo, no especificó con claridad, la relevancia que tendrá el artículo cuestionado, respecto del fallo que se dicte dentro del mismo, conforme el art. 73.2 del CPCo, en concordancia con el art. 79 del citado Código; es decir, no existe el nexo causal o la vinculación necesaria entre la validez del precepto acusado de inconstitucional con la resolución que podría asumir la autoridad en la resolución administrativa; consecuentemente, carece de fundamento jurídico constitucional que justifique una decisión en el fondo.

En este orden, la solicitud fue planteada sin cumplir el requisito de contenido del art. 24.I.4 del CPCo; vale decir, que debía formular con claridad los motivos por los cuales considera que la norma impugnada es contraria a la Ley Fundamental. Al respecto, es menester señalar que dada la naturaleza de la presente acción, la fundamentación jurídica constitucional debe estar forzosamente sustentada, exponiendo de forma precisa la duda razonable sobre su constitucionalidad de manera que permita ingresar a efectuar el respectivo control solicitado. Sumado a ello, se advierte, que se identificó de manera incorrecta la disposición legal cuestionada, dado que, interpuso contra el “art. 54 de la Resolución Regulatoria 01-00012-11”, así se extrae que esta Resolución simplemente tiene un artículo, el cual en su apartado II incorpora el art. 54 a la Resolución Regulatoria 01-00005-11, para el procesamiento de infracciones y sanciones administrativas, incumpliendo nuevamente, con las previsiones contenidas en el art. 24.I.4 del CPCo, en lo que respecta a la “identificación de la disposición legal y las normas impugnadas”.