Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0486/2013-CA
Fecha: 05-Dic-2013
Director Ejecutivo de la
En consulta la Resolución Administrativa (RA) 29-00090-13 de 18 de noviembre de 2013, cursante de fs. 65 a 70, pronunciada por el Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego (AJ), por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Lilly Albina Rojas Romero propietaria de la Óptica Santa Lucía, demandando la inconstitucionalidad del “art. 54 de la Resolución Regulatoria 01-00005-11, complementada y modificada por las Resoluciones Regulatorias Nº 01-00011-11 y Nº 01-00012-11” (sic) por presuntamente infringir los arts. 115.II, 116.I y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Director Ejecutivo de la
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental.
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR