Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2013-ECA
Fecha: 16-Dic-2013
1.
1. Mediante SC 1681/2011-R de 21 de octubre, se determinó: “1º APROBAR en parte la Resolución 55 de 3 de mayo de 2010, cursante de fs. 188 a 189, dictada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, únicamente respecto a la parte accionante. 2º Se llama la atención al Tribunal de garantías por el tratamiento brindado en el trámite de la presente acción con relación al supuesto “tercer interesado”, por lo que se deja sin efecto cualquier determinación aprobada a favor o en contra del indicado” (sic) (fs. 40 a 47).