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    AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2013-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2013-RCA

    Fecha: 01-Feb-2013

    II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

    El accionante, solicita la tutela de su derecho a la defensa; sin embargo, al haber declarado la improcedencia por el Tribunal de garantías, corresponde a la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado, de Tribunal Constitucional Plurinacional y Código Procesal Constitucional.

    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • improcedencia
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Fragmento 4
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.2.  Análisis de la Resolución elevada en revisión
    • II.3.  Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 CPCo)

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