Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0028/2013-RCA
Fecha: 07-Feb-2013
I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante estima vulnerados sus derechos al debido proceso, al trabajo y a la estabilidad laboral, citando al efecto los arts. 14, 46.I y II, 109, 115.II, 117, 120 y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE), así como los arts. 8 y 24 del Pacto de San José de Costa Rica, 14 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), 14 de la Convención Americana SOBRE Derechos Humanos (CADH); y, 6, 7 y 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).