Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 049/2013-RCA-SL
Fecha: 25-Feb-2013
Fragmento 4
Ponciano Ruiz Quispe Vocal de la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior de Judicial -ahora- Tribunal Departamental de Justicia de Pando, por Resolución de 27 de diciembre de 2011, cursante a fs. 125, desestimó in limine, la demanda de acción de amparo constitucional, fundamentando que la sentencia se emitió el 31 enero de 2008, previa comunicación mediante edictos a los presuntos propietarios, y el 20 de marzo de ese año, se declaró ejecutoriada la misma; por lo que, la acción fue planteada fuera del plazo determinado por la Constitución Política del Estado.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- desestimado in limine
- II.1.
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.4. El Juez o tribunal competente para conocer las acciones tutelares
- POR TANTO