AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2013-RCA

Fecha: 28-Mar-2013

II.2. Análisis de la Resolución enviada en revisión

En el caso en examen, los accionantes reclaman la supuesta vulneración a sus derechos y garantías a la defensa y al debido proceso, ya que el Juez de Instrucción Mixto y Cautelar de Villa Serrano dentro del proceso penal seguido en su contra, no imprimió debidamente el trámite con relación a la apelación incidental formulada contra el Auto que rechazó los incidentes, por lo que interpusieron acción de amparo constitucional, que fue declarada improcedente in limine, ya que a criterio del Juez de garantías, se consintió la Resolución pronunciada, siendo que no presentaron el recurso de apelación restringida.

Ahora bien, por la documentación aparejada, esta instancia verificó que los accionantes formularon los incidentes de actividad procesal defectuosa, “verificación de actividad procesal defectuosa” y “de vulneración del derecho a la defensa en la etapa preparatoria” (sic), que por Auto de 27 de septiembre de 2012 (fs. 103 vta. a 108), fueron rechazados por la autoridad judicial -hoy- accionada, con la advertencia que “…este auto no es recurrible, pero puede ser objeto de protesta para una apelación restringida…” (sic). Luego, por escrito presentado el 1 de octubre del mismo año, los -ahora- accionantes, presentaron recurso de apelación incidental (fs. 122 a 130 vta.), que fue rechazado por el juez de la causa por decreto de 3 del mismo mes y año, señalando: “…este auto no es recurrible, pero puede ser objeto de protesta para una apelación restringida…”(sic).