AUTO CONSTITUCIONAL 0059/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0059/2013-CA

Fecha: 04-Mar-2013

rechazó

El Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 01/2013 de 4 de febrero, cursante de fs. 34 a 37, rechazó el incidente de inconstitucionalidad concreta, con los siguientes fundamento: 1) Se incumplió con el requisito de contenido previsto en el art 73.2 del CPCo, al no establecer la relevancia constitucional o necesaria vinculación de la norma impugnada con la decisión del proceso contencioso tributario de donde emerge la solicitud de promover la presente acción; 2) En la demanda, se esgrime argumentos como si se tratara de una acción de inconstitucionalidad abstracta, pues sólo en este tipo de acción puede alegarse a nombre de terceras personas; en cambio, en una acción de inconstitucionalidad debe referirse con relación al caso concreto creando o generando de manera fundada una duda razonable sobre la inconstitucionalidad de una norma; y, 3) Se sustenta en normas derogadas por el Código Procesal Constitucional, lo que demuestra que la solicitud efectuada carece de base jurídica.