AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2013-CA
Fecha: 04-Mar-2013
a)
a) El apartado II, art. 1 de la Resolución Regulatoria 01-00012-11, que incorpora el art. 54 a la RR 01-00005-11, señala que para interponer el recurso de revocatoria, el administrado debe pagar la sanción impuesta en la Resolución Sancionatoria emitida en su contra, caso contrario se tendría como no presentado, disponiéndose el consiguiente archivo de obrados, impidiendo el uso de los medios impugnatorios previstos por ley y promoviendo el cumplimiento de la pena anticipada; condición que lesiona la presunción de inocencia, los derechos al acceso a la justicia, a no ser “…obligado a hacer lo que la constitución y las leyes no manden…”(sic), y la garantía del debido proceso en su vertiente a la doble instancia, previstos en los arts. 14.IV, 115.II, 116 de la CPE y 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y SC 0492/2011 de 25 de abril, generando una obligación para la accionante que no se encuentra regulada legalmente; por lo que solicitó sea declarada inconstitucional, al contener relevancia “procesal”.
Se demanda la inconstitucionalidad de: a) La Resolución Regulatoria 01-00012-11 de 17 de octubre, apartado II, art. 1, que incorpora el art. 54 a la Resolución Regulatoria 01-00005-11 de 10 de junio, ambas de 2011, por presuntamente infringir los arts. 13.IV, 14.IV, 115.II y 116 de la CPE y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, b) Los arts. 28.II de la Ley 060 de 25 de noviembre de 2010 y 11, 12, 13 y 14 de la Resolución Regulatoria 01-00005-11, por presuntamente vulnerar los arts. 117.II de la CPE y 8 inc. 4 de la referida Convención Americana.