Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0075/2013-CA
Fecha: 08-Mar-2013
II.2. Marco normativo constitucional y legal
Al respecto, el art. 73.2 del CPCo, establece que la acción de inconstitucionalidad concreta, procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales.
“1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.