AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2013-CA

Fecha: 21-Mar-2013

acción de inconstitucionalidad abstracta

La acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por Rolando Villena Villegas, Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 20.1 la frase “y antecedentes policiales”, 2 y 6 la frase “tener tatuajes, marcas o señales adquiridas en lugares visibles”; art. 26.2, 4 y 7 la frase “los padres”; y, 65.9 la frase “y de sus padres” del Reglamento para la Convocatoria, Selección y Admisión de Postulantes a las Unidades Académicas de Pre-grado de la Universidad Policial “Mcal. Antonio José de Sucre” aprobado mediante Resolución Suprema (RS) 8432 de 12 octubre de 2012; y, art. 19.1.1.1 incs. d), e) y g) del Estatuto Orgánico del Sistema Educativo Policial aprobado por Resolución del Comando General de la Policía Nacional 134/2004 de 23 de abril, por considerar que contradicen los arts. 13, 14, 21, 60, 62, 64, 66, 91, 109, 115, 116, 117, 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 2, 14, 17 y 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); 3 de la Convención sobre Derechos del Niño; 1, 8, 11, 17, 19 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 13 y 15 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador”.