Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 071/2013-RCA-SL
Fecha: 27-Mar-2013
II.3. Análisis del caso concreto
El accionante planteó acción de amparo constitucional, por considerar que sus derechos a la tutela judicial efectiva y a no ser procesado más de una vez por el mismo hecho, fueron vulnerados, dentro del proceso penal que se instauró en su contra, a raíz del Referéndum Autonómico de 4 de mayo de 2008. Acción que fue rechazada in limine por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz por Resolución 84/2011 de 1 de diciembre, cursante de fs. 222 a 223, con el fundamento de que el accionante no cumplió el principio de inmediatez.