REVOCA
La SCP 0049/2013-L, REVOCA la Resolución 07/2011 de 20 de mayo, cursante de fs. 51 a 57 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Tarija; y, CONCEDE la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto el Auto de Vista 96/2010 de 18 de noviembre, para que se pronuncie uno nuevo conforme a los fundamentos expuestos en la citada Sentencia Constitucional Plurinacional.
- I.- ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCA
- Fragmento 3
- un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
- Fragmento 5
- II.2. Los motivos de la discrepancia
- a)
- tendrá derecho a ser oída antes de cada decisión judicial
- CONFIRMAR
