Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2013
Fecha: 08-Mar-2013
denegando
El Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 006/2012 de 7 de diciembre, cursante de fs. 24 a 26, denegando la tutela solicitada; con los siguientes fundamentos: a) El 27 de agosto de 2012 el fiscal asignado al caso informó el inicio de investigaciones al órgano jurisdiccional, donde indicó de manera concreta con relación al hecho que se denuncia contra la accionante; y, b) La Resolución de requerimiento de 8 de octubre del mismo año que emitió el demandado se encuentra debidamente fundamentada y cumple con todas las exigencias que prevé el art. 226 del CPP.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.
- III.2.1.La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.2.2. De la acción de libertad
- III.3.Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho la libertad y a la persecución o procesamiento indebido deben ser utilizados previamente por él o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno. En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos. De no ser así, se estaría desconociendo el rol, las atribuciones y la finalidad que el soberano a través del legislador le ha dado al juez ordinario que se desempeña como juez constitucional en el control de la investigación
- III.4.El Juez cautelar encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- III.5.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR