SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0250/2013
Fecha: 08-Mar-2013
III.4. Impugnación sobre la resolución que imponga, rechace o modifique medidas cautelares mediante el recurso de apelación
El recurso de apelación es un medio de carácter procesal que la ley confiere a la parte agraviada por una resolución judicial para solicitar ante el tribunal que la dictó, dentro de plazo y con fundamento escrito, que su superior en grado queda facultado para revisar los hechos y el derecho y para decidir la cuestión en revisión en aquello que concretamente se coloca bajo la esfera de su competencia, según el acto de su interposición la revoque o enmiende.
Dada su configuración procesal, es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad del imputado, en el que el tribunal superior tiene la oportunidad de corregir, en su caso, los errores del inferior invocados en el recurso. Es idóneo, porque es el recurso adecuado, apropiado, establecido expresamente en la ley para impugnar las medidas cautelares que vulneren el derecho a la libertad del imputado, en ocasión de la aplicación de las medidas cautelares. Es inmediato, porque el recurso es resuelto sin demora, dado que la ley establece un plazo breve para su Resolución.
Al respecto, la jurisprudencia constitucional estableció que: “Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada. Puesto que el orden legal penal ha previsto ese medio impugnativo, precisamente para que a través de un recurso rápido, idóneo, efectivo y con la mayor celeridad se repare en el mismo órgano judicial, las arbitrariedades y/o errores que se hubiesen cometido en dicha fase o etapa procesal” así lo entendió la SC 0080/2010-R de 3 de mayo, misma que es citada en la SCP 0218/2012 de 24 de mayo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.
- III.2.1. La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.2.2. De la acción de libertad
- III.3. Sobre las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- III.4. Impugnación sobre la resolución que imponga, rechace o modifique medidas cautelares mediante el recurso de apelación
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15