Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2013
Fecha: 27-Mar-2013
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
La accionante, alega que los demandados, Director y Administrador del Hospital Japonés, respectivamente, han vulnerado el derecho a la libertad de su representado, quien fue internado en ese nosocomio el 1 de julio de 2012, por el trauma hepático y fractura de la clavícula que sufrió como consecuencia de un accidente de tránsito. Sin embargo, no obstante de haber sido dado de alta el 14 del mismo mes y año, se lo retiene en dicho centro de salud, hasta que cancele la suma de Bs25 000, por la atención médica recibida. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.