SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2013

Fecha: 27-Mar-2013

1)

Por su parte, Amparo Canaviri Tapia, Fiscal de Materia de San Ignacio de Velasco, mediante informe escrito cursante de fs. 375 a 380, refirió: 1) La sesión del Concejo Municipal se realizó para dar cumplimiento a un requerimiento fiscal en dos partes; primero para suspender al Alcalde y segundo para designar un suplente temporal, conforme establece el art. 31 de la LMAD; 2) La Resolución 148/2012 de 23 de octubre, emitida por el Concejo Municipal de San Ignacio de Velasco, se encuentra legal y debidamente fundamentada, no vulnera ni restringe ningún derecho fundamental; 3) La sesión del Concejo Municipal, a pesar del abandono de los Concejales accionantes, continuó desarrollándose con el quórum respectivo, en consecuencia tres votos de los cuatro presentes, hacen mayoría absoluta, conforme señala el art. 20 de la LM, por lo que la designación de la Alcaldesa interina fue legal, conforme establece los arts. 12.24 y 16.IV de la LM, fue designada de entre los miembros del Concejo Municipal; y, 4) Es legal que el Vicepresidente del concejo reemplace a la Presidenta, porque así lo manifiesta la ley, y, no es por sucesión, por lo que la actuación del Concejo se enmarcó a lo dispuesto por el art. 40 de la LM, por lo que solicita se deniegue la tutela.