SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2013

Fecha: 27-Mar-2013

III.3. Análisis del caso concreto

Del análisis de la documental adjunta, se tiene que los accionantes, contra la Resolución Municipal 148/2012 de 23 de octubre, emitida por el Concejo Municipal, asumida por los demandados, no interpusieron el recurso de reconsideración previsto por el art. 22 de la LM, situación que inviabiliza ingresar al análisis del fondo de la causa, a este respecto la jurisprudencia establecida en la SCP 0796/2012, desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional estableció que en el ámbito municipal, debe interponerse el recurso de reconsideración para impugnar los actos emanados del Concejo Municipal, a efectos de que esta instancia tenga la posibilidad de efectuar un nuevo análisis y reconsiderar la decisión asumida, pues el amparo constitucional sólo procede cuando no existe un recurso inmediato para la protección de los derechos fundamentales, y cuando éste existe, sólo es posible su activación previo el agotamiento de los mismos; en el caso presente, los accionantes no interpusieron el recurso de reconsideración para que el Concejo Municipal revise su decisión, acudiendo directamente a esta acción de defensa, por lo que se advierte que en el caso no observaron el principio de subsidiariedad que caracteriza al amparo constitucional, aspecto que no permite a este Tribunal ingresar al análisis del fondo de la problemática planteada, porque los accionantes no agotaron la vía administrativa prevista en el art. 22 de la LM.