Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0066/2013-RCA
Fecha: 23-Abr-2013
I.4. Resolución del Tribunal de garantías
Por Auto de 29 de enero de 2013, cursante a fs. 85, el Tribunal de garantías dispuso que la parte accionante subsane y aclare requisitos formales para la admisión del presente amparo, previstos en el art. 33.1.4 y 5 del Código Procesal Constitucional (CPCo), referidos a indicar su correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata, relación de los hechos, identificación de los derechos y garantías que se consideran vulnerados y finalmente aclare sus peticiones en relación a los argumentos expuestos.