AUTO CONSTITUCIONAL 0067/2013-RCA
Fecha: 25-Abr-2013
II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 CPCo)
Consta de obrados que el accionante señaló sus generales de ley y como otros medios alternativo de comunicación inmediata, su domicilio procesal ubicado en la avenida Salamanca 625, entre la calle Lanza, edificio C.I.C., oficina 1 y su correo electrónico: [email protected]; asimismo, citó como terceros interesados a Dennys Franz Bazoalto Romero y Beatriz Elena Galindo Granado en representación legal de la empresa “UNITRANSE S.R.L.” (fs. 19), indicó el nombre de la autoridad accionada y el lugar dónde puede ser notificada (fs. 3 vta.); también se advierte que se encuentra patrocinado por el abogado Rene Galindo Canedo, igualmente consta que expuso los hechos que sirven de fundamento en la presente acción tutelar.
Se advierte que el accionante identificó como derechos, garantías y principios presuntamente vulnerados los derechos a la defensa y a la impugnación; las garantías al debido proceso, al acceso a justicia, a la legalidad, a la seguridad jurídica y “al deber de cumplimiento”; y, a los principios de legalidad, justicia, igualdad y seguridad jurídica, consagrados en los arts. 9, 115.II, 119.II y 180.II de la CPE y 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y adjuntó copias legalizada de la documentación que respalda la presente acción, efectuando su petitorio conforme consta en el punto I.3 de la presente Resolución.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- por no presentada
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 7
- II.2. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 CPCo)