AUTO CONSTITUCIONAL 0131/2013-CA
Fecha: 12-Abr-2013
Pleno de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija
En consulta la Resolución R.A. 230/2012-2013 de 13 de marzo de 2013, cursante a fs. 116, pronunciada por el Pleno de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, por la que “promueve” la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Lino Condori Aramayo, Gobernador a.i. del Departamento Autónomo de Tarija, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 102 y 105 con relación a los arts. 32, 35, 59 y 60 del Reglamento General de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, por presuntamente infringir los arts. 8.II, 14.I, 115.II, 117.I y II, 180.I, y II y 232 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.h), 24 y 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 2.3.a) y 3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y 1, 7 y 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- Pleno de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- promovió”
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En el caso de no promoverse la acción, la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión
- DISPONER