AUTO CONSTITUCIONAL 0152/2013-CA
Fecha: 26-Abr-2013
I.2. Respuesta a la acción
En resumen, manifiesta que la AJ, tiene amplias facultades legales para proceder al decomiso preventivo de las máquinas de juego e instrumentos de la infracción, de las personas individuales o jurídicas que no cumplan con la ley; además, expone fundamentos jurídicos que pretenden demostrar la legalidad y a legitimidad de la Resolución Regulatoria 01-00012-11 apartado II art. 1 que incorpora el art. 54 de la Resolución Regulatoria 01-00005-11 y la Resolución Regulatoria 01-00005-11 arts. 11, 12, 13 y 14 y art. 28.II de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar.
Argumenta además que, la acción no establece fundamentación jurídico constitucional y no refiere la relevancia de la norma legal impugnada en la decisión del proceso, siendo una exposición desordenada, contradictoria, sin expresa el fundamento legal, doctrinal y lógico con claridad; mucho menos señala cuál los motivos por los que considera que se vulneraron sus derechos.