AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2013-CA

Fecha: 26-Abr-2013

a)

Se demanda la inconstitucionalidad de a) Resolución Regulatoria 01-00012-11, art. 1 apartado II, que incorpora el art. 54 a la Resolución Regulatoria 01-00005-11; por presuntamente vulnerar los arts. 14.IV, 115.II y 116 de la CPE; y, b) art. 28.II de la Ley de Juegos de Lotería y Azar y Resolución Regulatoria 01-00005-11 en sus arts. 11, 12, 13 y 14, por supuestamente infringir el art. 117 de la Ley Fundamental.

De acuerdo a los antecedentes se tiene que, Daira Carolina Vidal Justiniano representante legal de la empresa Corhat Bolivia S.A., dentro del proceso Administrativo Sancionador seguido en su contra por la AJ, presentó acción de inconstitucionalidad concreta contra a) la Resolución Regulatoria 01-00012-11, art. 1 apartado II, que incorpora el art. 54 a la Resolución Regulatoria 01-00005-11, por presuntamente vulnerar los arts. 14.IV, 115.II y 116 de la CPE; y, b) el art. 28.II de la Ley de Juegos de Lotería y Azar y Resolución Regulatoria 01-00005-11 en sus arts. 11, 12, 13 y 14, por supuestamente infringir el art. 117 de la Norma Fundamental.

De la revisión del recurso y la documentación adjunta, la Comisión de Admisión verificó que, la accionante dio cumplimiento a los requisitos anteriormente referidos, pues señaló su nombre, domicilio y generales de ley, así como de la autoridad recurrida. De igual manera, expuso ampliamente los antecedentes, formulando con claridad el petitorio.

Empero, en cuanto se refiere al art. 28.II de la Ley de Juegos de Lotería y Azar, se advierte que la norma impugnada no coincide con la norma citada, sin embargo concuerda con el art. 28.I.2 del mismo cuerpo, que mediante SCP 0003/2013 de 3 de enero, declaró la constitucionalidad del art. 28.I.2 de la Ley de Juegos de Lotería y Azar, situación que impide a éste Tribunal ingresar al fondo y pronunciarse sobre lo mismo al existir cosa juzgada constitucional.