Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0160/2013-CA
Fecha: 30-Abr-2013
rechazó
A través de la RA 29-00048-13 de 28 de marzo de 2013, cursante de fs. 51 a 58, pronunciada por Mario Cazón Morales, Director Ejecutivo de la AJ, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta fundamentando que la línea jurisprudencial y la norma constitucional hacen plenamente coincidentes los mandatos sancionatorios establecidos en la Ley de Lotería y de Azar, con los postulados constitucionales que se definen respecto a la imposición de la sanción. En consecuencia se advierte que la SCP 0003/2013, declaró la constitucionalidad del art. 28.II.2 de la Ley de Juegos de Lotería y de Azar por su compatibilidad plena con los arts. 117.II de la CPE.