AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2013-CA

Fecha: 30-Abr-2013

II.3.  Cumplimiento de requisitos

La autoridad consultante, acreditó haber sido elegida en ese cargo mediante Resolución Municipal 40/2012 de 1 de junio (fs. 10); sin embargo, a raíz de la solicitud de licencia presentada el 15 de diciembre de 2012 (fs. 12), por la Presidenta titular, Dalia Arza Parada, por un lapso de cuatro meses, a partir de 1 de igual mes y año hasta el 31 de marzo de 2013, asumió el cargo de Presidenta a.i., decisión que fue aprobada por el Pleno del Concejo, mediante Acta de Sesión Ordinaria 60/2012 de 15 de noviembre (fs. 13).

Al haberse cumplido los cuatro meses de licencia solicitados por la Presidenta titular (31 de marzo de 2013), en virtud del art. 118.I que señala: “La consulta sobre la constitucionalidad del Proyecto de la Carta Orgánica deberá ser presentada por la Presidenta o Presidente del Órgano deliberante de la Entidad Territorial que lo propuso…”, por lo que se ve la imperiosa necesidad que Dalia Arza Parada, sea la autoridad competente que someta a control de constitucionalidad el proyecto de la Carta Orgánica del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Magdalena, provincia Iténez del departamento de Beni.