Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2013-CA
Fecha: 30-Abr-2013
La consulta sobre la constitucionalidad del Proyecto del Estatuto o Carta Orgánica deberá ser presentada por la Presidenta o Presidente del Órgano
Por consiguiente, la autoridad legitimada para formular la consulta sobre la constitucionalidad del proyecto de Estatuto o Carta Orgánica, son la Presidenta o Presidente del Órgano deliberante de las Entidades Territoriales Autónomas, y en el caso de las Autonomías Indígenas Originario Campesinas, serán las autoridades designadas por ellas.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- II.2. Objeto y naturaleza del control previo de constitucionalidad de Estatutos o Cartas Orgánicas
- La consulta sobre la constitucionalidad del Proyecto del Estatuto o Carta Orgánica deberá ser presentada por la Presidenta o Presidente del Órgano
- II.3. Cumplimiento de requisitos
- Fragmento 6