AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2013 ECA
Fecha: 12-Abr-2013
dispone: “…se admita la prueba propuesta por los accionantes…”
Al respecto, la SCP 2548/2012 de 21 de diciembre, en su parte resolutiva (Por Tanto o decisum), a tiempo de conceder la tutela solicitada, en el punto tercero (3º), ordena la anulación de varias resoluciones judiciales y dispone: “…se admita la prueba propuesta por los accionantes…” aclarando que el cambio jurisprudencial constitucional asumido en esta Sentencia Constitucional Plurinacional, no puede ser aplicado retrospectivamente al caso concreto decidido en desmedro del derecho de acceso a la justicia, la defensa y el derecho de proponer la prueba que les asiste. Lo que significa que este Tribunal Constitucional Plurinacional dispuso se anulen todas las resoluciones futuras y se retrotraiga el proceso hasta el momento procesal de que se admita la prueba propuesta por los accionantes.