Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2013-ECA
Fecha: 22-Abr-2013
1º ACLARAR de oficio
1º ACLARAR de oficio la “SCP 0130/2013 de 1 de febrero”, disponiendo que en el punto primero del referido fallo, el Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de la Sala Tercera, disponga la nulidad exclusivamente de dos actos procesales: i) La declaratoria de rebeldía; y, ii) La orden de emisión del mandamiento de aprehensión del representado del accionante.