3. Autos Constitucionales.
Ahora bien, del análisis de la norma que antecede -para el caso concreto- se tiene que, las Sentencias Constitucionales, por su naturaleza y mandato, resuelven entre otras cosas, las acciones tutelares y de defensa; contrariamente, los Autos Constitucionales, son decisiones de admisión o rechazo, desistimiento, cumplimiento y otras que se emitan en el desarrollo del proceso.
- SCP 0485/2013 de 12 de abril
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- expediente
- Sentencia Constitucional Plurinacional que fue cumplida conforme se acredita a fs. 109, por lo cual, el Juez Quinto de Sentencia en lo Penal del Departamento de Santa Cruz, remite la documentación extrañada y requerida por la Sala Segunda de éste Tribunal; por lo que, es esa la Sala quien tiene competencia para resolver la problemática en cuestión, en base a la documentación que ellos mismos conminaron para su remisión.
- 3. Autos Constitucionales.
- II.3. Sobre el principio de legalidad
- SCP 0980/2012
- a quien solicitó y ostenta competencia
- c)
