Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2013-L
Fecha: 23-Abr-2013
II.3.
II.3. Marcelino Huiza Huiza, el 3 de agosto de 2011, solicito por memorial, señalar día y hora de audiencia de cesación de la detención preventiva a la autoridad demandada; cursa el decreto de 4 de agosto de 2011, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal que señala audiencia para el 22 del mismo mes y año (fs. 7 y vta.).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.
- III.3. Del plazo para señalar audiencia de cesación de detención preventiva
- III.4. El principio de celeridad y su vinculación con el debido proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR