SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2013-L

Fecha: 25-Abr-2013

i)

El abogado del accionante, se ratificó in extenso en el memorial de acción de amparo constitucional, manifestando lo siguiente: i) El derecho a la petición es un derecho humano, son dos las peticiones que se efectuaron al Concejo Municipal de Villa Montes, conforme la prueba de cargo que consiste en los memoriales; sin embargo, ha existido negligencia en el despacho; y, ii) Las peticiones tienen que ser respondidas de forma completa, integral no a medias, sólo hicieron llegar fotocopias legalizadas de la Resolución Municipal 85/2011 y acta de sesión extraordinaria, si bien la Presidenta a.i. del Concejo Municipal, dispuso la entrega inmediata no se ha entregado toda la documentación solicitada, por lo que, la respuesta ha sido incompleta.