Sentencia Constitucional Plurinacional: 0491/2013
Fecha: 12-Abr-2013
II.2. Del argumento central para de la SCP 0491/2013 de 12 de abril
La Sentencia de la cual emerge el presente Voto Disidente, fundamenta su decisión en el argumento central de que la norma impugnada de inconstitucionalidad, es decir el art. 1.II de la Resolución Regulatoria 01-00012-11, que incorpora el art. 54 a la Resolución Regulatoria 01-00005-11 de 10 de junio de 2011; no corresponde ser denunciada a través del control de inconstitucional, toda vez que lo que se pretende es que se realice un examen de control de legalidad señalando en la referida Sentencia: “…De su lectura, y de los cargos de inconstitucionalidad en todas y cada una de las acciones planteadas se tiene duda razonable sobre el régimen jurídico aplicable a las actividades administrativo sancionadoras, las Resoluciones Regulatorias también norman aquello que ha sido normado por Ley (leyes de Juegos de Lotería y de Azar, y de Procedimiento Administrativo), escenario dentro del cual resulta que la manifiesta y razonable duda sobre la aplicabilidad de las normas jurídicas sometidas en el caso concreto, deben ser debidamente dilucidadas por la vía de un control de legalidad, que no corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional, pues éste ejerce exclusivamente un control de constitucionalidad de forma que si bien el cargo de inconstitucionalidad apunta a señalar que las normas reglamentarias son contrarias directamente contra la Constitución Política del Estado, no se puede soslayar que previamente a su consideración existe resaltada por la propia parte accionante respecto a la normativa aplicable de rango infra constitucional, que mal podría ser dilucidada por la Justicia Constitucional…” (sic).
- 1º
- 3º
- II.1. De la acción de inconstitucionalidad y los Fundamentos Jurídicos de la Sentencia
- para interponer recurso de revocatoria, previamente deberán hacer el depósito de la sanción impuesta establecida en la Resolución sancionatoria
- II.2. Del argumento central para de la SCP 0491/2013 de 12 de abril
- II.3. De la disidencia
- INCONSTITUCIONALIDAD