Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0072/2013-RCA
Fecha: 06-May-2013
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 30.III del Código Procesal Constitución, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 107/2013 de 27 de marzo, cursante de fs. 60 a 62 vta., dictada por la Sala Social, Administrativa y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedente in limine
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- II.2. Análisis del caso elevado en revisión
- CONFIRMAR