AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2013-RCA

Fecha: 09-May-2013

rechazó in limine

Por Resolución 21 de 19 de marzo de 2013, cursante a fs. 173 a 174, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, declaró rechazó in limine la acción de amparo, señalando: a) El art. 77.3, 4 y 6 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), exigen como requisitos de la acción, exponer con claridad los hechos, identificar los derechos o garantías que se consideran vulnerados y fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer los derechos o garantías restringidos, suprimidos, amenazados o vulnerados; b) Se debe describir con claridad el nexo causal entre los derechos lesionados y la forma en que se produjeron dichas restricciones o supresiones y/o amenazas de suprimir o restringir dichos derechos; c) El accionante, no expone nada sobre la investigación dentro del proceso penal seguido por Ismael Guillermo Quiroga Obregón contra el ahora accionante, antecedentes que son base para la dictación de las resoluciones emitidas por el Juez Cuarto de Sentencia en lo Penal y los Vocales de la Sala Penal Segunda de Santa Cruz; d) Se habría provocado un desorden, ya que se ventilarían procesos paralelos entre acusados y acusadores; y, e) Se verificó la falta de requisitos de contenido de la acción.