AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2013-RCA

Fecha: 28-May-2013

improcedente in limine

Por Resolución 21/13 de 3 de abril de 2013, cursante a fs. 77 a 78, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, declaró improcedente in limine la acción de cumplimiento, con la siguiente fundamentación: El accionante no precisa de manera clara y concreta el deber previsto en la norma, señalando cuales son los preceptos expresamente incumplidos por el demandado y su exigibilidad, que activen la jurisdicción constitucional para brindar la tutela solicitada, limitándose a indicar que el rechazo de su solicitud de autorización para prestar servicio de transporte público automotor en base al informe GADLP-DDT 0296/2012, que vulneraría la Ley General del Transporte, el derecho a tener una repuesta formal, con la restricción de sus derechos al trabajo, debido proceso, igualdad jurídica y principio de seguridad jurídica, derechos constitucionales que no corresponden sean resguardados a través de la presente acción, cuando no se exhorta ni pide a la autoridad accionada el cumplimiento de la ley o de las leyes expresamente determinadas, no habiéndose demostrado con prueba fehaciente la renuencia del accionado a cumplir con la norma omitida, cuando no han sido agotados los medios administrativos existentes para poder activar la jurisdicción constitucional.

El Tribunal de garantías, por Resolución 21/13 de 3 de abril de 2013, cursante de fs. 77 a 78, declaró improcedente in limine la acción de cumplimiento, considerando que en la presente acción no se precisa de qué manera se omite el deber previsto en la norma, no señala cuales son las disposiciones legales expresamente incumplidas por el demandado y no solicita la exigibilidad de las mismas, que activa la jurisdicción constitucional para brindar la tutela solicitada, tampoco exhorta ni pide a la autoridad accionada el cumplimiento de la ley o de las leyes expresamente determinadas.