AUTO CONSTITUCIONAL 0173/2013-CA
Fecha: 08-May-2013
II.3. Análisis del caso concreto
Se constata que en la presente acción, se demanda la inconstitucionalidad del art. 59.II del CTB, de donde se advierte que el incidente se encuentra adecuadamente sustentado con una fundamentación jurídico constitucional en la que destaca la duda razonable con relación a la constitucionalidad de los preceptos legales impugnados, señalándose además en qué medida la Resolución que se dicte dentro de la demanda contenciosa tributaria dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de dicho precepto.
Por otro lado, analizados los antecedentes que cursan en obrados, corresponde a la Comisión de Admisión de este Tribunal, verificar el cumplimiento de los requisitos formales y de contenido previstos en el art. 24.I del CPCo, con relación al art. 26.II de la misma norma legal. En consecuencia, se tiene lo siguiente: