AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2013-CA
Fecha: 28-May-2013
rechazó
Por Resolución 138/2013 de 3 de abril, cursante de fs. 688 a 689, la Jueza Primera de Instrucción en lo Civil del departamento de La Paz, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, señalando que los aspectos impugnados, ya fueron elevados en consulta al Tribunal Constitucional Plurinacional, mereciendo el AC 0803/2012-CA de 10 de octubre, por el cual se aprobó la Resolución 408/2011 de 4 de agosto, rechazado el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, “tornándose el presente recurso en reiterativo y a todas luces dilatorio”; además aplicó el art. 61 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por encontrarse ejecutoriada la sentencia relativa al caso, en ese sentido, procedió al rechazo de la presente acción con la misma fundamentación.