Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0626/2013 de 27 de mayo, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.
Fecha: 27-May-2013
CONCEDER
Por lo precedentemente señalado, la suscita considera que debió CONCEDER la tutela solicitada; disponiendo la reincorporación inmediata de Roger Néstor Cosme Huanca al cargo que ocupaba en el momento que se produjo el despido intempestivo, con el mismo nivel salarial, así como el pago de todos los beneficios sociales que le correspondan, atendiendo su calidad de progenitor de una hija menor de un año.
- I. ANTECEDENTES
- II.1. Inamovilidad laboral de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad
- II.2. La protección constitucional del derecho a la vida del ser en gestación, de padres progenitores en su calidad de servidores públicos
- II.3. Procedencia excepcional y extraordinaria de la acción de amparo constitucional para los casos de la mujer embarazada
- II.4.Análisis del caso concreto
- CONCEDER