Fragmento 5
De la revisión de obrados se evidencia los siguientes extremos: En ejecución de sentencia se emitió la providencia de 17 de diciembre de 2010, que determinó: “por Secretaría del Juzgado procédase a la recepción de juramento del Perito propuesto por la parte demandante (…) que previa aceptación deberá presentar su dictamen en tercero día (…)” (sic) (fs. 9 y vta.); que fue apelada por el accionante por escrito de 24 de diciembre de ese año.
